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Pension Alimenticia28 de enero de 20267 min de lectura

Rebaja de Pensión Alimenticia: Requisitos y Procedimiento

Conozca los requisitos y el procedimiento para solicitar una rebaja de pensión alimenticia en Chile: cambio de circunstancias, mediación obligatoria y demanda judicial.

Rebaja de Pensión Alimenticia: Requisitos y Procedimiento

Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal profesional.

La pensión alimenticia no es inmutable. La legislación chilena reconoce que las circunstancias económicas y familiares pueden cambiar con el tiempo, permitiendo al alimentante solicitar una modificación del monto fijado cuando existen razones fundadas que lo justifiquen.

Fundamento Legal

El derecho a solicitar la rebaja de la pensión alimenticia se encuentra consagrado en el Artículo 332 del Código Civil:

"Los alimentos que se deben por ley se entienden concedidos para toda la vida del alimentario, continuando las circunstancias que legitimaron la demanda."

Esta disposición establece un principio fundamental: la pensión está sujeta a las circunstancias que existían al momento de fijarse. Si esas circunstancias cambian, la pensión puede modificarse.

La materia se encuentra regulada principalmente por:

  • Código Civil, Artículos 321 a 337
  • Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias
  • Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia
  • Ley N° 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Requisitos para Solicitar la Rebaja

Para que una demanda de rebaja de pensión alimenticia sea admitida, deben cumplirse los siguientes requisitos:

1. Cambio de Circunstancias

Este es el requisito fundamental. Debe existir una variación sustancial entre las condiciones actuales y aquellas que existían cuando se fijó la pensión original.

Los tribunales evalúan especialmente:

ElementoQué se analiza
Capacidad económica del alimentanteSi han disminuido sus ingresos respecto al momento de fijarse la pensión
Necesidades del alimentarioSi han cambiado los gastos o requerimientos del hijo
Cargas familiaresSi el alimentante tiene nuevas obligaciones que no existían antes

2. Causales Reconocidas por los Tribunales

Las principales circunstancias que justifican una rebaja son:

Disminución de ingresos:

  • Pérdida del empleo (cesantía)
  • Reducción de remuneraciones
  • Cierre o quiebra del negocio propio
  • Enfermedad o incapacidad que afecte la capacidad de trabajo

Aumento de cargas familiares:

  • Nacimiento de nuevos hijos
  • Reconocimiento de hijos anteriores
  • Obligaciones alimenticias respecto de otros familiares (ascendientes, por ejemplo)

Cambios en las necesidades del alimentario:

  • Disminución de gastos por cambio de establecimiento educacional
  • Término de tratamientos médicos
  • Incorporación del alimentario al mercado laboral

3. No Estar Inscrito en el Registro de Deudores

La Ley N° 21.389 establece una restricción importante: el tribunal declarará inadmisible la demanda de rebaja si el alimentante se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Esta restricción tiene una excepción: si el alimentante presenta antecedentes calificados que demuestren que carece de los medios para pagar incluso el monto mínimo legal, el tribunal puede admitir la demanda.

Para más información sobre el Registro, consulte nuestro artículo sobre el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

4. Mediación Previa Obligatoria

Al igual que en toda materia de alimentos, antes de presentar una demanda de rebaja es obligatorio agotar la instancia de mediación familiar.

Procedimiento para Solicitar la Rebaja

Paso 1: Mediación Familiar

El primer paso es solicitar una mediación familiar, que puede tramitarse:

  • En línea: A través del Portal de Mediación del Ministerio de Justicia (requiere ClaveÚnica)
  • Presencial: En el centro de mediación de su comuna

La mediación busca que ambas partes lleguen a un acuerdo sobre el nuevo monto de pensión. Si se logra un acuerdo, este se presenta al tribunal para su aprobación y tiene valor de sentencia.

Paso 2: Certificado de Mediación Frustrada

Si la mediación no prospera (por falta de acuerdo o incomparecencia de alguna parte), el mediador emite un Certificado de Mediación Frustrada, documento obligatorio para presentar la demanda judicial.

Paso 3: Presentación de la Demanda

Con el certificado de mediación frustrada, debe presentarse la demanda de rebaja de pensión alimenticia ante el Tribunal de Familia.

Tribunal competente:

  • El tribunal donde se fijó la pensión original, o
  • El tribunal del domicilio del alimentario

Documentos necesarios:

  • Cédula de identidad
  • Certificado de Mediación Frustrada
  • Sentencia o acuerdo que fijó la pensión vigente
  • Antecedentes que acrediten el cambio de circunstancias:

- Finiquito o carta de despido (si hay cesantía)

- Liquidaciones de sueldo actuales (si hay reducción de ingresos)

- Certificados de nacimiento de nuevos hijos

- Certificados médicos (si corresponde)

- Declaraciones de impuestos

Paso 4: Rebaja Provisoria

Una herramienta importante es la rebaja provisoria, que permite reducir el monto de la pensión mientras dura el juicio.

Características:

  • Debe solicitarse en la misma demanda
  • El juez la concede si los antecedentes presentados son suficientes
  • Es temporal: rige hasta que se dicte sentencia definitiva
  • Permite alivio inmediato cuando el cambio de circunstancias es evidente

Es recomendable que su abogado incluya esta solicitud junto con la demanda principal.

Paso 5: Tramitación y Sentencia

El juicio sigue el procedimiento ordinario de familia:

  1. Notificación al alimentario (o su representante)
  2. Audiencia preparatoria: Se fijan los hechos a probar y se ofrecen medios de prueba
  3. Audiencia de juicio: Se rinde la prueba y se dictan alegatos
  4. Sentencia: El juez resuelve si procede la rebaja y en qué monto

Qué Debe Probar el Demandante

La carga de la prueba recae en quien solicita la rebaja. Los tribunales exigen acreditar:

  1. Las circunstancias originales: Cómo era la situación económica cuando se fijó la pensión
  2. El cambio sustancial: Qué ha variado y por qué esa variación justifica una rebaja
  3. La nueva capacidad económica: Cuáles son los ingresos y gastos actuales del alimentante

Sin prueba suficiente del cambio de circunstancias, la demanda será rechazada.

Límites de la Rebaja

Aun cuando se acredite un cambio de circunstancias, la pensión rebajada no puede ser inferior al mínimo legal:

SituaciónMonto mínimo
Un solo hijo40% del ingreso mínimo remuneracional
Dos o más hijos30% del ingreso mínimo por cada hijo

La única excepción es cuando el alimentante demuestra que carece de medios para cumplir incluso con el mínimo, caso en el cual el juez puede fijar un monto inferior conforme al Artículo 3 de la Ley N° 14.908.

Diferencia con el Cese de Pensión

Es importante distinguir entre rebaja y cese:

ConceptoDefinición
RebajaDisminución del monto de la pensión; la obligación continúa
CeseTérmino de la obligación alimenticia (por ejemplo, cuando el hijo cumple 21 años o termina sus estudios)

El cese de la pensión tiene requisitos distintos y procede en situaciones específicas establecidas por la ley.

Recomendaciones Prácticas

Si usted considera solicitar una rebaja:

  • Reúna toda la documentación que acredite el cambio de circunstancias antes de iniciar el proceso
  • No deje de pagar la pensión vigente mientras tramita la rebaja; el no pago genera consecuencias legales
  • Solicite la rebaja provisoria para obtener alivio durante el juicio
  • Regularice deudas pendientes antes de demandar, ya que estar inscrito en el Registro de Deudores impide la tramitación

Si usted es el alimentario y recibe una demanda de rebaja:

  • Reúna antecedentes que acrediten las necesidades actuales del hijo
  • Investigue los ingresos reales del alimentante si sospecha que oculta información
  • Asista a todas las audiencias para defender los intereses del menor

Asistencia Legal

Para tramitar una demanda de rebaja siempre se requiere abogado. Si no cuenta con recursos económicos, puede solicitar asistencia gratuita en:

  • Corporación de Asistencia Judicial (CAJ): Previa evaluación socioeconómica
  • Clínicas jurídicas universitarias: Atención supervisada por profesores

Para conocer cómo se determina el monto de la pensión, consulte nuestro artículo sobre cómo se calcula la pensión alimenticia en Chile.


La información contenida en este artículo es de carácter general e informativo. Para situaciones específicas, se recomienda consultar con un abogado especialista en derecho de familia. Este contenido no constituye asesoría legal.