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Pension Alimenticia24 de enero de 20267 min de lectura

Cómo se Calcula la Pensión Alimenticia en Chile

Conozca cómo se calcula la pensión alimenticia en Chile: factores que influyen, montos mínimos y máximos legales, y el uso de la UTM para el reajuste.

Cómo se Calcula la Pensión Alimenticia en Chile

Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal profesional.

La pensión alimenticia es una de las obligaciones legales más importantes en el derecho de familia chileno. Comprender cómo se calcula resulta fundamental tanto para quienes deben pagarla como para quienes tienen derecho a recibirla en representación de sus hijos.

Marco Normativo

La pensión de alimentos en Chile se encuentra regulada por un conjunto de normas legales que establecen los criterios, montos y procedimientos aplicables:

  • Código Civil, Artículos 321 a 337: Define quiénes tienen derecho a alimentos y las obligaciones de los alimentantes.
  • Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias: Establece los procedimientos de cobro y las sanciones por incumplimiento.
  • Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia: Regula la competencia y procedimientos judiciales.
  • Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental: Introduce modificaciones para garantizar el pago efectivo.
  • Ley N° 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Es importante señalar que la pensión alimenticia debe expresarse en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que permite su reajuste automático mensual según la variación de este indicador.

Qué Comprende la Pensión Alimenticia

Según el Código Civil, la pensión de alimentos debe cubrir las necesidades básicas del alimentario. En el caso de hijos menores, esto incluye:

  • Alimentación y nutrición
  • Vivienda y habitación
  • Vestuario
  • Educación (básica, media y formación profesional)
  • Salud y atención médica
  • Recreación y desarrollo integral

El tribunal debe considerar tanto las necesidades actuales como aquellas previsibles a futuro, especialmente en materia de educación y salud.

Quiénes Tienen Derecho a Recibir Alimentos

La ley establece que son beneficiarios de la pensión alimenticia:

  • Hijos menores de 21 años: De forma general, hasta alcanzar esta edad.
  • Hijos hasta los 28 años: Si se encuentran estudiando una profesión u oficio y demuestran avance en sus estudios.
  • Hijos con discapacidad: Sin límite de edad cuando padecen una incapacidad física o mental que les impida subsistir por sí mismos.

Ambos padres tienen la obligación de contribuir a la mantención de sus hijos en proporción a sus respectivas capacidades económicas.

Factores que Determinan el Monto

El tribunal de familia considera múltiples factores al fijar el monto de la pensión alimenticia:

Necesidades del Alimentario

  • Edad del hijo o hija
  • Gastos de educación (colegiatura, materiales, transporte)
  • Gastos de salud (seguros, tratamientos, medicamentos)
  • Actividades extracurriculares
  • Nivel de vida que tenía antes de la separación de los padres

Capacidad Económica del Alimentante

  • Ingresos mensuales regulares (sueldo, honorarios)
  • Patrimonio y bienes
  • Otras obligaciones alimenticias previas
  • Gastos propios de subsistencia

Distribución del Trabajo de Cuidados

La Ley N° 21.484 incorporó la obligación del tribunal de considerar la distribución y tasación económica del trabajo de cuidados que realiza cada progenitor, reconociendo que quien ejerce el cuidado personal también aporta económicamente al bienestar del hijo.

Montos Mínimos y Máximos Legales

La legislación chilena establece límites claros para la pensión alimenticia:

Monto Mínimo

SituaciónPorcentaje Mínimo
Un solo hijo40% del ingreso mínimo remuneracional
Dos o más hijos30% del ingreso mínimo por cada hijo

Con el ingreso mínimo vigente desde enero de 2026 de $539.000 CLP, el monto mínimo para un hijo es aproximadamente $215.600 CLP.

Monto Máximo

El monto máximo de pensión alimenticia que puede fijarse en favor de todos los beneficiarios no puede superar el 50% de los ingresos totales del alimentante, salvo que existan razones fundadas que justifiquen un porcentaje mayor, considerando especialmente el interés superior del niño.

Excepciones Legales

El Artículo 3 de la Ley N° 14.908 permite al juez rebajar el monto mínimo cuando el alimentante demuestra que carece de medios suficientes para cumplir con dicho piso.

Por otra parte, el Artículo 7 de la misma ley faculta al tribunal para fijar una pensión superior al 50% de los ingresos cuando existen razones fundadas, como enfermedades graves del alimentario o necesidades especiales de salud o educación.

Expresión en UTM y Reajuste Automático

Una característica fundamental del sistema chileno es que la pensión alimenticia debe expresarse en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y no en pesos.

Ventajas del Sistema UTM

  • Reajuste automático: Cada mes, al variar el valor de la UTM, la pensión se reajusta proporcionalmente.
  • Protección contra la inflación: El poder adquisitivo de la pensión se mantiene en el tiempo.
  • Simplificación del cálculo: No es necesario solicitar reajustes judiciales periódicos.

Ejemplo de Cálculo

Si el tribunal fija una pensión de 3,5 UTM y el valor de la UTM del mes correspondiente es de $68.000 CLP:

```

Pensión mensual = 3,5 × $68.000 = $238.000 CLP

```

El valor de la UTM se publica mensualmente por el Servicio de Impuestos Internos y puede consultarse en su sitio web oficial.

Conversión de Pensiones Antiguas

La Ley N° 21.389 estableció un mecanismo simplificado para convertir a UTM las pensiones que fueron fijadas con anterioridad en pesos o en porcentajes del ingreso mínimo. Este trámite puede realizarse directamente ante el tribunal que dictó la sentencia original.

Procedimiento para Fijar la Pensión

Mediación Familiar Obligatoria

Antes de presentar una demanda de alimentos, la ley exige agotar la instancia de mediación familiar. Este proceso busca que las partes lleguen a un acuerdo con la ayuda de un mediador certificado.

Si la mediación resulta exitosa, el acuerdo se presenta al tribunal para su aprobación. Si fracasa, se emite un certificado de mediación frustrada que habilita para demandar.

Demanda ante el Tribunal de Familia

En caso de no existir acuerdo, se debe presentar una demanda ante el Tribunal de Familia del domicilio del alimentario. El tribunal puede fijar alimentos provisorios mientras se tramita la causa, para asegurar que el hijo reciba sustento durante el proceso.

Para más información sobre el proceso de demanda, puede consultar nuestro artículo sobre qué hacer ante el incumplimiento de la pensión alimenticia.

Modificación del Monto

La pensión alimenticia no es inmutable. Puede solicitarse su modificación cuando cambian las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarla:

Aumento de Pensión

Procede cuando:

  • Aumentan las necesidades del alimentario (nuevo colegio, tratamiento médico)
  • Mejora la situación económica del alimentante
  • Se acreditan gastos no considerados originalmente

Rebaja de Pensión

Procede cuando:

  • Disminuyen los ingresos del alimentante (cesantía, enfermedad)
  • Cambian las necesidades del hijo
  • El alimentante asume nuevas cargas familiares justificadas

En ambos casos, debe presentarse una demanda de modificación ante el mismo tribunal que fijó la pensión original.

Consecuencias del Incumplimiento

El no pago de la pensión alimenticia tiene consecuencias legales severas:

  • Inscripción en el Registro Nacional de Deudores: Afecta el acceso a créditos y otros servicios.
  • Retención de la devolución de impuestos: El fisco puede retener la devolución anual.
  • Suspensión de licencia de conducir: Se prohíbe renovar o solicitar licencia.
  • Arraigo nacional: Prohibición de salir del país.
  • Apremios: Arresto nocturno de hasta 15 días, renovable.
  • Embargo de bienes: Retención de cuentas bancarias y bienes.

Recomendaciones Prácticas

Si usted debe pagar pensión alimenticia:

  • Mantenga un registro de todos los pagos realizados
  • Pague siempre mediante transferencia bancaria o depósito con respaldo
  • Si enfrenta dificultades económicas, solicite formalmente una rebaja ante el tribunal
  • No deje de pagar unilateralmente, ya que esto genera consecuencias legales

Si usted recibe pensión alimenticia:

  • Conserve los comprobantes de gastos del menor
  • Documente cualquier incumplimiento
  • Solicite oportunamente la liquidación de la deuda si hay atrasos

La información contenida en este artículo es de carácter general e informativo. Para situaciones específicas, se recomienda consultar con un abogado especialista en derecho de familia. Este contenido no constituye asesoría legal.